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Esta modificación fue traslada al pleno de la Corporación, en sesión celebrada el día 4 de septiembre de 2015, trasladándose posteriormente a la Junta de Andalucía para su análisis e información. Desde la administración autonómica se niega la posibilidad de realizar dicha modificación por razones técnicas e inviabilidad material, determinándose su inclusión en el nuevo Plan General de Ordenación Urbana.
Desde el departamento de Planeamiento y Gestión Urbanística, dependiente de la concejalía de Impulso y Desarrollo Urbano, se planteó la modificación del PGOU vigente con el objetivo de cambiar la regulación de las condiciones de uso relativas a los suelos urbanos calificados como “micropolígonos industriales y de servicios”, así como los relativos al suelo industrial que se identifica como “Zabal II” y, por consiguiente, modificar la normativa del plan.
El objetivo de este cambio pretendía posibilitar la compatibilización de los usos hoy demandados por la sociedad, cuya implantación podría ser adecuada en los suelos con ordenanza industrial-comercial, sean próximos o estén incluidos en el casco urbano (usos deportivos, recreativos, de servicio o de ocio), que el vigente PGOU no incorpora. Su puesta en práctica permitiría incrementar las posibilidades de desarrollo de las zonas afectadas, generando nuevas actividades que no solo son compatibles con una calificación industrial, sino que por su propia naturaleza resultaría conveniente su ubicación en estas áreas.
Otros puntos del orden del día de la comisión informativa se refieren a otras dos propuestas de modificaciones puntuales del plan, una de ellas relativa a “Las Pedreras” y otra a una finca situada en el Paseo Marítimo, en su confluencia con calle Jardines.