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El Pleno aprueba dejar en suspenso cinco artículos acordados en la Mesa General de Negociación de las condiciones de trabajo comunes de los empleados municipales Destacado

By Prensa Ayuntamiento de Los Barrios Diciembre 11, 2018 2168

LOS BARRIOS.- El Pleno ha aprobado en la sesión ordinaria del mes diciembre con los votos del equipo de gobierno, del PP y de Los Barrios Sí se Puede dejar en suspenso cinco de los 19 artículos acordados en la Mesa General de Negociación de las condiciones de trabajo comunes de los empleados municipales, concretamente a los que hacen referencia a la jornada laboral, tal y como ha solicitado la Junta de Andalucía en un requerimiento al Ayuntamiento de Los Barrios. En enero se volverá a iniciar las negociaciones con las centrales sindicales, una vez que pasen las elecciones sindicales en el Consistorio.

El alcalde de Los Barrios, Jorge Romero, ha destacado en su primera intervención que “se deja en suspenso estos cincos artículos hasta que se convoque de nuevo la Mesa General de Negociación, ahora los sindicatos están en periodo electoral en el Ayuntamiento y una vez finalice este periodo y se elija el comité de empresa se volverá a convocar esta mesa y adaptar este requerimiento de la Junta”.

Romero apuntó que “el resto de artículos, es decir, los 15 restantes siguen en vigor. La Junta de Andalucía nos ha dado de plazo hasta el 24 de enero para consensuar un documento más completo y tener un acuerdo que satisfaga a ambas partes dentro de la legalidad. Sería muy grave no cumplir con la advertencia de la Junta”.

Por su parte, el portavoz del equipo de gobierno, Miguel Alconchel, destacó que “el hecho de que a pesar de que los asesores jurídicos advirtieron que esto iba a pasar y así se refleja en las actas, tuvimos voluntad política y generosidad para seguir con la negociación. Es cierto que ahora hay que esperar que pase el periodo electoral, hay que sentarse de nuevo y subsanar esos artículos”.

Alconchel ha indicado que “llevamos 20 años de convenios ilegales y de mentiras, el caso por ejemplo de la fiesta de Santa Rita no está en ningún calendario laboral por ley. En las actas se da fe de todo los que se habló y de nuestra voluntad siempre de llegar a un buen acuerdo para todos”.

En el turno de intervenciones, el portavoz de Los Barrios Sí se Puede, Rubén Castillo, indicó que “no entendemos como los asesores jurídicos advirtieron de este asunto y no se tuvo en cuenta”.

El portavoz del PSOE, Salvador Puerto, ha apuntado que “este asunto lo avanzamos hace dos meses y confirma que no se están haciendo bien las cosas y no hay voluntad política de enderezarla. Es una irresponsabilidad prometer a parte de la plantilla unas condiciones laborales que luego no se van a cumplir. Le pedimos que reinicie y enderece el rumbo”.

De nuevo el alcalde intervino para señalar que “este árbol está torcido desde que el PSOE negoció el primer convenio. Ningún acuerdo iniciado por el PSOE ha sido legal, el convenio de 1994 por ejemplo fue anulado por la misma autoridad laboral que ahora ha instado a corregir estos cinco artículos. El PSOE negociaba antes al estilo compadre y ahora viene el señor Puerto dando lecciones, intentando engañar a los ciudadanos. Hay tiempo para arreglar esta situación y no buscar culpables”.

Hay que recordar que en este requerimiento que firma el delegado del Gobierno de la Junta, la autoridad laboral hace referencia a las cláusulas de garantías de los artículos 6 y 7, “hay que señalar que no existen condiciones ‘ad personam’ para los empleados públicos. Si de modifican las normas, las modificaciones resultantes les afectan completamente, debiéndose tener en cuenta la prevalencia de la Ley sobre el acuerdo y la aplicabilidad de los principios de legalidad y de jerarquía normativa, que de modo especial afecta a la Administración”.

Otro de los artículos afectados es el 11.1 referente a la jornada laboral, el documento de la Junta señala que “la jornada laboral no se adecua al número de horas establecidas por la Disposición Adicional centésima cuadragésima cuarta de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para 2018.

En este artículo “la jornada laboral será la establecida en la legislación vigente con carácter general. Jornada ordinaria. El horario fijo de presencia en el puesto de trabajo será de 08:00 a 15:00 horas, de lunes a viernes. Para el caso que no se cumpliese el cómputo anual de la jornada, se podrá completar la misma de la siguiente manera: a) mediante la realización de programas de formación, hasta un máximo de 60 horas anuales. b) Horario a determinar por las partes en la Mesa o en la Comisión de Seguimiento”.

La Junta indica que “en este artículo no parecen contar con una planificación previa esos programas de formación, y sin atender a las necesidades formativas individuales de cada uno, que se supone que en ningún caso serían idénticas”.

En cuanto al artículo 11.5 que hace referencia a la jornada laboral de feria y fiestas, “la Junta indica que la resolución de 28/12/2008, de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, dice que la adaptación horaria producida con ocasión de la jornada de verano, se recuperará en la forma que establezca el correspondiente calendario laboral, respetando en todo caso la duración mínima de la jornada en cómputo anual.

También la Junta insta a adaptar o anular el artículo 11.9 que hace referencia a que “los empleados del Ayuntamiento disfrutarán de una reducción de la jornada laboral, sin merma alguna en sus retribuciones, en supuestos de trabajadores 31 años de servicio en el Ayuntamiento de Los barrios tendrán una hora diaria de reducción; la misma que tendrán los empleados a partir de los 60 años, con un mínimo de diez años de servicio en el Ayuntamiento barreño”.

La Junta deja claro que “contradice lo dispuesto en la normativa y en el texto aprobado por en el Pleno del Ayuntamiento de Los Barrios no se habla en ningún momento de deducción proporcional de retribuciones, por lo que reducir la jornada manteniendo las mismas retribuciones económicas se considera ilegal”.

Por último, también el documento de la Junta hace referencia al artículo 15 sobre los días especiales, “el calendario de fiestas no es materia disponible, negociable y regulable en un acuerdo regulador, las competencias para su regulación corresponden a la Administración del Estado y/o de la Junta de Andalucía. No se entiende que se contemple feriado el día de Santa Rita, no estando el mismo considerado como tal ni en el calendario laboral nacional, ni en el andaluz, ni en el local.

En cuanto a las vacaciones, “también la Junta indica que es ilegal que cada empleado tenga derecho a un día más de vacaciones cinco años antes de lo previsto en las normas. El periodo vacacional se disfrutará obligatoriamente dentro del año natural en que se hubiese devengado o hasta el 15 de enero del siguiente, si bien, preferentemente, deberá concentrarse en los de meses de junio a septiembre, no hasta el 31 de enero del ejercicio siguiente, tal y como se ve el en artículo 13.3”

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