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USB anuncia que la ley de transparencia y buen gobierno sanciona "El acoso laboral" con destitución del cargo Destacado

By Prensa Unión Sindical Barreña Marzo 07, 2018 2691

LOS BARRIOS.- USB manifiesta que el acoso laboral sufrido por el Secretario de Alcaldía y el incumplimiento del deber de respeto a la Constitución conllevaría la destitución del Alcalde de Los Barrios por la comisión de dos infracciones disciplinarias muy graves según lo establecido en el artículo 29, apartados a) y k) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

USB anuncia que además de la destitución del cargo, la sanción que impone la Ley de Transparencia y Buen Gobierno para el acoso laboral y la violación de los derechos fundamentales de la Constitución, infracciones disciplinarias muy graves, conllevaría que Jorge Romero, Alcalde de Los Barrios, no pudiera ser nombrado para ocupar ningún puesto de alto cargo o asimilado durante un periodo de entre cinco y diez años.

Así lo establece el artículo 30.4 de la Ley 19/2013, que dice: “Los sancionados por la comisión de una infracción muy grave serán destituidos del cargo que ocupen salvo que ya hubiesen cesado y no podrán ser nombrados para ocupar ningún puesto de alto cargo o asimilado durante un periodo de entre cinco y diez años con arreglo a los criterios previstos en el apartado siguiente”.

El apartado 6 del mismo artículo, establece que, cuando las infracciones pudieran ser constitutivas de delito, la Administración pondrá los hechos en conocimiento del fiscal, por lo que entendemos que el Pleno del Ayuntamiento de Los Barrios quedaría obligado a dar traslado de los hechos a la fiscalía de Algeciras, por la gravedad que revisten los mismos.

En este sentido, USB adelantó a los medios de comunicación el pasado 27 de febrero, que los casos de “acoso laboral” por parte del alcalde de Los Barrios, Jorge Romero, podrían ser constitutivos de un delito contra la integridad moral, tipificado en el artículo 175 del Código Penal, el cual es del tenor literal siguiente: “La autoridad o funcionario público que, abusando de su cargo y fuera de los casos comprendidos en el artículo anterior, atentare contra la integridad moral de una persona será castigado con la pena de prisión de dos a cuatro años si el atentado fuera grave, y de prisión de seis meses a dos años si no lo es. Se impondrá, en todo caso, al autor, además de las penas señaladas, la de inhabilitación especial para empleo o cargo público de dos a cuatro años.”

El artículo 31 de dicha Ley de Transparencia y Buen Gobierno, establece que el procedimiento sancionador se iniciará de oficio, por acuerdo del órgano competente, bien por propia iniciativa o como consecuencia de orden superior, petición razonada de otros órganos o denuncia de los ciudadanos. Por ello, en el presente caso, si la entidad local no actúa de oficio a sabiendas de que es su obligación, podrán ser los ciudadanos de Los Barrios, los que mediante denuncia podrán iniciar los trámites para pedir responsabilidades políticas.

Contempla la norma que, cuando los presuntos responsables sean personas al servicio de la Administración local, la orden de incoación del procedimiento se dará por los órganos que tengan atribuidas estas funciones en aplicación del régimen disciplinario propio de las Entidades Locales en las que presten servicios los cargos contra los que se dirige el procedimiento. Y la competencia para la imposición de sanciones corresponderá al Pleno de la Junta de Gobierno de la Entidad Local.

USB denuncia que la violación de Derechos Fundamentales ha sido una constante en la hoja de ruta de Jorge Romero, por lo que consideramos que la reiteración es un agravante que, a mayor abundamiento, debe de conllevar la incoación de oficio de un expediente sancionador contra el Alcalde o bien la puesta en conocimiento de los hechos ante la fiscalía de Algeciras.

Sentencias que confirman los hechos

Los integrantes de USB somos conocedores de las diversas sentencias que han condenado al Ayuntamiento de Los Barrios por las actuaciones ilegales llevadas a cabo por el Alcalde Jorge Romero, podemos destacar por orden cronológico las siguientes:

Sentencia firme Nº 285/2012, de 10 de julio de 2012, dictada por el Juzgado de lo Social de Algeciras, en la que se condena a la administración por unas actuaciones ilegales que conllevan la violación de los artículos 14 y 16 de la Constitución Española. Concretamente se vulneró el derecho a la Igualdad y la Libertad ideológica de una trabajadora municipal.

Sentencia firme Nº 471/2015, de 11 de diciembre de 2015, dictada por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo Nº1 de Algeciras, en la que se condena a la administración por unas actuaciones ilegales que conllevaron la violación de los artículos 14 y 28 de la Constitución Española. Concretamente se vulneró el derecho a la Igualdad de Trato y la Libertad Sindical en su faceta de negociación colectiva de USB.

Sentencia Nº 764/2015, de 26 de enero de 2016, dictada por el Juzgado de lo Social de Algeciras, en la que se condena a la administración por unas actuaciones ilegales que conllevan la violación del artículo 14 de la Constitución Española. Concretamente se vulneró el derecho a la Igualdad un trabajador municipal. (Actualmente en casación)

Reciente Sentencia 653/2017, de 15 de enero de 2018, dictada por el Juzgado de lo Social de Algeciras, en la que se condena a la administración por unas actuaciones ilegales que conllevaron la violación del artículo 15.1 en relación con el artículo 14 de la Constitución Española. Concretamente se vulneró el derecho fundamental de integridad moral por acoso laboral y se condena al Ayuntamiento de Los Barrios a pagar 100.000€ por los daños y perjuicios que le han sido irrogados al Secretario de la Alcaldía.

Desde USB, lamentamos que el Alcalde, Jorge Romero, también incumpla con el Código de Buen Gobierno Local de la FEMP, al que se adhirió el Ayuntamiento de Los Barrios en la sesión plenaria celebrada el día 6 de junio de 2016.

Es incomprensible e incongruente que el Alcalde de Los Barrios, estando sujeto a los principios de buen gobierno local, realice conductas contrarias a la Constitución, al Estatuto de Autonomía de Andalucía y, además, se mantenga reacio a promover el respeto a los derechos fundamentales y a las libertades públicas.

El Código de Buen Gobierno menciona el carácter democrático de las entidades locales, exigiendo su reflejo en la actuación por parte de los Concejales, teniéndose que asumir la responsabilidad en todo momento respecto de las decisiones y actuaciones propias, en este caso del Alcalde.

Por ello, el Alcalde de Los Barrios, Jorge Romero, debería de asumir la responsabilidad por la decisión y actuación de acosar a su propio Secretario, conllevando los hechos unas graves consecuencias para el pueblo de Los Barrios, es decir, pagar de las arcas municipales 100.000€ por los daños y perjuicios que le han sido irrogados al Secretario de la Alcaldía.

Petición a los concejales de 100x100 Los Barrios

Desde USB, pedimos al Secretario General del partido político 100x100 Los Barrios, Miguel Alconchel, así como, al resto de Concejales que integran su formación, que deje de mirar para otro lado, que sean valientes y de una vez por todas planten cara al responsable de haber sido condenado por acosar a los trabajadores municipales y de haber violado los derechos fundamentales de nuestra Constitución.

Si desde el partido político 100x100 Los Barrios no hacen nada, estarían consintiendo y, por lo tanto, refrendando las despreciables actuaciones ilícitas llevadas a cabo por Jorge Romero.

Los problemas graves de salud ocasionados con motivo de tener aislado continuamente al Secretario de Alcaldía y sin darle carga de trabajo efectiva, así como, las reiteradas violaciones de derechos fundamentales a trabajadores y a USB no deben de pasar por alto para los Concejales de 100x100 Los Barrios y menos para su Secretario General, Miguel Alconchel, por lo que desde USB les instamos a que en cumplimiento de la normativa actúen, pues de lo contrario, el acosador campará a sus anchas por una institución pública, cuestión de extrema gravedad si lo consienten.

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