Abril 19, 2024

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Aprobada de manera definitiva en Pleno la ordenanza reguladora de terrazas, mesas y veladores Destacado

LOS BARRIOS.- El Pleno aprobó con los votos de PA y PP de forma definitiva la ordenanza reguladora de terrazas, mesas y veladores, tras la desestimación de varias alegaciones presentadas. El resto de grupos políticos PSOE y LBSSP se abstuvieron. Esta nueva ordenanza se publicará en el BOP para que entre en vigor.

El portavoz del equipo de gobierno, Miguel Alconchel, agradeció el gran trabajo de los técnicos de la delegación de Participación Ciudadana y señaló que “la nueva ordenanza viene motivada en respuesta a los hosteleros por la gran cantidad de estas instalaciones en el municipio, de esta manera se tendrá adecuadamente las terrazas y veladores que contribuyen a una imagen abierta y acogedora de nuestro pueblo”.

“Nuestro objetivo con esta ordenanza es cambiar la imagen de las terrazas del municipio, mejorando los elementos estéticos y armonizando el diseño y la calidad de estas instalaciones. Al mismo tiempo también se regularán las condiciones para evitar molestias al vecindario”, añadió Alconchel.

La ordenanza cuenta con 36 artículos y se estructura en cinco títulos. El ámbito de aplicación de esta ordenanza se basará en la instalación de terrazas de veladores en suelo de dominio público, que complementen a los establecimientos de hostelería de la localidad.

También en la nueva ordenanza se regulan las condiciones técnicas para la instalación, regulando su ubicación, la forma de ocupación, elementos de sombras y condiciones de orden estético.

Otra de las novedades es que se introduce como instalaciones autorizables, además de las terrazas de veladores, las terrazas con cerramientos estables.

La inclusión en esta ordenanza de los cerramientos estables como una modalidad más de este tipo de instalaciones resulta ventajosa, pues permite tanto al hostelero como al ciudadano, conseguir un mayor rendimiento de la terraza de veladores a lo largo de todo el año.

Por último, esta nueva ordenanza también establece el régimen disciplinario y sancionador, fijando las sanciones para aquellos establecimientos que contravengan con lo dispuesto en ésta.

Las infracciones de las normas contenidas en la ordenanza se clasifican en: leves, graves y muy graves.

Será considerada una falta leve la falta de ornato y limpieza en la terraza de veladores o en su entorno, las molestias por ruidos procedentes de la instalación de veladores, que perturben el descanso y la tranquilidad de los vecinos.

En cuanto a las faltas graves, se considerará la reiteración en tres faltas leves en un mismo año o la instalación de una terraza careciendo de la preceptiva licencia municipal o fuera del horario y/o periodo autorizado por la misma.

También se considerará falta grave la ocupación de mayor superficie o rebasando los límites de la autorizada; la instalación de un número mayor de veladores del autorizado en la licencia o la alteración en las condiciones de mobiliario de veladores especificada en la licencia.

Respecto a las faltas muy graves, será la reiteración en tres faltas graves en un mismo año o la cesión de la explotación de la terraza a persona distinta del titular.

Las sanciones aplicables por la comisión de las infracciones reseñadas serán para faltas leve una multa de 1 a 750 euros; faltas graves, multa de 751 a 1.500 euros y faltas muy graves, multa de 1.501 a 3.000 euros.

La comisión de las faltas graves y muy graves podrá llevar aparejada la imposición de la sanción accesoria de revocación de la autorización y la de la inhabilitación para la obtención de licencias de esta naturaleza por un período de hasta un año.

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